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Publicidad Engañosa

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La publicidad engañosa consiste en mostrar o publicitar un producto que se muestra mejor de que lo venden, esta técnica resulta ser buena para la gente creedula

Contacto

WEB: a través del siguiente formulario on line.
PERSONALMENTE: en Montevideo en Av. Uruguay 948 esq. Rio Branco en el horario de 9:30 a 15:30 hs. y en el interior del pais en las oficinas que puede consultar en el siguiente listado.
Únicamente para personas domiciliadas en el interior del país o personas de edad avanzada que no accedan a las vías web o personalmente, pueden hacerlo TELEFÓNICAMENTE a través del 0800 7005.

Si bien nuestro país aprobó su primera ley destinada a regular en forma orgánica las relaciones de consumo en 1999 -Ley 17.189 luego derogada por la Ley 17.250- la ilicitud de la publicidad engañosa no nace con la aprobación de dichas normas. En efecto, en la medida que la publicidad integra la etapa precontractual que precede la celebración de cualquier contrato y que la misma puede inducir a error a uno de los contratantes sobre las cualidades esenciales del objeto del negocio a celebrar, la misma no es más que una modalidad del dolo regulado en el Código Civil como vicio del consentimiento.

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